Auxiliar Administrativo del Gobierno de Canarias · Tema 13
Tema 13. Atención al ciudadano: acogida e información. Los servicios de información administrativa. Información general y particular. Iniciativas. Reclamaciones. Quejas. Peticiones.
Información general y particular. Canales de atención. Quejas, sugerencias y reclamaciones.
Esquema del tema
- 1Atención al ciudadano: información, reclamaciones y quejas
- 2Atención ciudadana en Canarias: decretos y régimen de reclamaciones
- 3Ejecución del contrato y prerrogativas de la Administración
- 4Modificación del contrato
- 5Extinción, invalidez y recurso especial
Conceptos clave
- ¿Se necesita identificarse para obtener información general de la Administración?
- NO. La información general se proporciona sin exigir identificación.
- ¿Tienen las quejas y sugerencias la consideración de recurso administrativo?
- NO. No condicionan el ejercicio de acciones o derechos ni suspenden plazos.
- ¿Qué decreto regula el servicio de información y atención ciudadana en la CAC?
- Decreto 44/2007, de 27 de febrero.
- ¿Qué incluye la información 'general' del Decreto 44/2007?
- Los requisitos técnicos o jurídicos que las disposiciones impongan a las actuaciones que los ciudadanos se propongan realizar. No incluye el estado de tramitación de expedientes concretos.
- ¿Cómo puede formularse una reclamación según el Decreto 161/2002?
- Verbalmente en las dependencias del órgano al que se dirija, o por escrito mediante formulario normalizado.
- Plazo para resolver una solicitud de acceso a información pública cuando se deniega
- Un mes.
- ¿Contra qué resolución se interpone reclamación ante el Comisionado de Transparencia?
- Contra la resolución de la solicitud de acceso a información pública, con carácter previo a la impugnación en vía contencioso-administrativa.
- Plazo para dictar y notificar la inadmisión de solicitud de información en elaboración
- Diez días hábiles.
- ¿Cuáles son las prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos?
- Interpretar el contrato, modificarlo por interés público (ius variandi), resolverlo y determinar sus efectos, y declarar la responsabilidad del contratista. Sus acuerdos son inmediatamente ejecutivos (art. 190 LCSP).
- ¿Qué significa que el contrato se ejecuta a 'riesgo y ventura'?
- Que el contratista asume el riesgo económico de la ejecución, salvo los supuestos de fuerza mayor u otros previstos legalmente (art. 197 LCSP).
- ¿Qué acto marca el cumplimiento del contrato y el inicio del plazo de garantía?
- La recepción o conformidad formal de la prestación por la Administración; a partir de ella corre el plazo de garantía.
- ¿En qué dos supuestos puede modificarse un contrato?
- En las modificaciones previstas en el pliego (claras y con límite del 20% del precio) y en las no previstas, solo por las causas tasadas del art. 205 LCSP, sin alterar la naturaleza global del contrato.
Normativa aplicable
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RJSP
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP)