Auxiliar Administrativo del Gobierno de Canarias · Parte práctica · Tema 3

Tema 3. Validez e invalidez de los actos. Nulidad y anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos.

Nulidad de pleno derecho y anulabilidad, irregularidades no invalidantes, convalidación, conservación y conversión de actos administrativos.

Esquema del tema

  1. 1Nulidad de pleno derecho (art. 47 LPAC)
  2. 2Anulabilidad (art. 48 LPAC)
  3. 3Irregularidades no invalidantes, convalidación, conservación y conversión
  4. 4Conservación, convalidación y conversión de actos (arts. 49-52 LPAC)

Conceptos clave

¿Qué tipo de invalidez se produce cuando un acto prescinde total y absolutamente del procedimiento establecido?
Nulidad de pleno derecho (art. 47.1.e LPAC).
¿Cuántos supuestos de nulidad de pleno derecho de actos administrativos recoge el art. 47 LPAC?
Siete supuestos tasados (art. 47.1 LPAC, letras a-g).
¿Cuántas causas de nulidad de pleno derecho de actos administrativos recoge el art. 47.1 LPAC?
Siete causas tasadas (letras a-g del art. 47.1 LPAC).
¿La incompetencia jerárquica (no por materia ni territorio) es causa de nulidad o de anulabilidad?
De anulabilidad. Solo es nulidad de pleno derecho la incompetencia 'manifiesta' por razón de materia o territorio (art. 47.1.b LPAC); la incompetencia jerárquica es mero vicio de anulabilidad.
¿Cuál es la diferencia principal entre nulidad de pleno derecho y anulabilidad en cuanto a sus efectos temporales?
La nulidad opera desde el origen (ab initio); la anulabilidad solo desde que se declara (ex nunc).
¿Puede convalidarse un acto dictado por órgano jerárquicamente incompetente?
Sí. El vicio de incompetencia jerárquica es un vicio de anulabilidad y puede ser convalidado por el órgano competente superior (art. 52.3 LPAC).
¿Desde qué momento produce efectos la convalidación de un acto administrativo?
Desde la fecha del acto convalidado, salvo que perjudique a terceros de buena fe (art. 52.2 LPAC).
¿Puede convalidarse un acto nulo de pleno derecho?
No. La convalidación solo es posible para actos anulables. Los actos nulos de pleno derecho no pueden ser subsanados mediante convalidación (art. 52.1 LPAC).
¿Desde cuándo produce efectos la convalidación de un acto anulable?
Desde la fecha del acto convalidado (efectos retroactivos), salvo que la retroactividad afecte negativamente a derechos de terceros (art. 52.3 LPAC).
¿Qué es la conversión de actos administrativos?
La posibilidad de que un acto nulo o anulable que contenga los elementos constitutivos de otro acto diferente sea convertido en ese otro acto válido, preservando así su contenido útil (art. 50 LPAC).

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, LPAC, arts. 47-52