Auxiliar Administrativo del Gobierno de Canarias · Parte práctica · Tema 12
Tema 12. Régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La acción de fomento: medios. Las subvenciones: concepto y clases. La Ley General de Subvenciones.
Esquema del tema
- 1La acción de fomento: concepto y medios
- 2Las subvenciones: concepto, clases y Ley General de Subvenciones
- 3Control, reintegro y régimen sancionador de subvenciones (LGS)
Conceptos clave
- ¿Cuáles son los tres tipos de medios de fomento de la acción administrativa?
- Honoríficos (distinciones), jurídicos (derechos y privilegios) y económicos (subvenciones, beneficios fiscales).
- ¿Implica la acción de fomento algún tipo de coacción sobre el particular?
- No. El fomento es voluntario: estimula la conducta mediante incentivos pero no la impone. Si hay coacción, se trata de actividad de policía, no de fomento.
- ¿Cuál es el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones?
- La concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública que compara las solicitudes entre sí y adjudica según criterios objetivos (art. 22 LGS).
- ¿En qué casos procede el reintegro de una subvención?
- Cuando se obtiene sin cumplir requisitos, no se justifica su uso, no se cumple la finalidad, o se obstaculizan las actuaciones de control, entre otras causas (art. 37 LGS).
- ¿Cuál es el plazo de prescripción del derecho de la Administración a exigir el reintegro de subvenciones?
- 4 años desde la firmeza de la resolución de concesión o desde el momento en que debió presentarse la justificación (art. 39 LGS).
- ¿Es una subvención un contrato administrativo?
- No. La subvención no es un contrato porque no hay contraprestación directa a favor de la Administración; es una disposición dineraria para financiar una actividad de interés público.
- ¿Desde cuándo se computan los intereses de demora en el reintegro de una subvención?
- Desde el momento del pago de la subvención al beneficiario, no desde la resolución que exige el reintegro (art. 37.1 LGS).
- ¿Cuál es el plazo mínimo que debe concederse para justificar una subvención?
- Nunca inferior a 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada (art. 30.2 LGS).
- ¿Puede la Administración exigir el reintegro parcial de una subvención?
- Sí. Cuando el incumplimiento del beneficiario es parcial o proporcional, procede el reintegro parcial en la parte no aplicada correctamente (art. 37.2 LGS).
Normativa aplicable
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), arts. 1-19, 22-28
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la LGS, arts. 1-60
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, de régimen general de subvenciones de Canarias, arts. 1-30