Subalterno del Gobierno de Canarias · Parte práctica · Tema 9
Tema 9. La vigilancia y custodia de oficinas e inmuebles. Recepción y telefonía. Reuniones y actuaciones de comunicación: preparación de locales y materiales. Normas de protocolo.
Funciones de vigilancia y custodia de oficinas e inmuebles, atención en recepción y centralita telefónica, preparación de locales y materiales para reuniones y nociones básicas de protocolo y precedencias.
Esquema del tema
- 1Vigilancia y custodia de oficinas e inmuebles
- 2Recepción, atención al público y telefonía
- 3Preparación de reuniones y normas de protocolo
Conceptos clave
- ¿Ejerce el personal subalterno funciones de seguridad privada?
- No. Realiza vigilancia ordinaria, control de accesos, apertura/cierre y custodia; las funciones de seguridad privada están reservadas a vigilantes habilitados (Ley 5/2014).
- ¿Qué debe comprobar el subalterno al cerrar las dependencias?
- Puertas y ventanas cerradas, luces y equipos apagados, y la custodia de las llaves; dejar las instalaciones seguras.
- En la custodia de documentación, ¿qué principio prima?
- La confidencialidad y la protección de datos: no exponer documentación sensible ni facilitar información a personas no autorizadas.
- ¿Cuáles son los pasos básicos de una buena atención telefónica?
- Descolgar con prontitud e identificarse, escuchar y anotar, transferir o recoger el mensaje, y despedirse con cortesía.
- En recepción, ¿a quién debe prestar especial atención el subalterno?
- A las personas mayores, con discapacidad o con dificultades, garantizando la igualdad y la no discriminación en la atención.
- ¿Qué norma regula el orden de precedencias en los actos oficiales del Estado?
- El RD 2099/1983, de 4 de agosto, Ordenamiento General de Precedencias en el Estado (distingue actos generales y especiales).
- Cuando ondean varias banderas juntas, ¿cuál ocupa el lugar preferente?
- La bandera de España ocupa el lugar de máxima preeminencia; le siguen la de la Comunidad Autónoma y las demás.
- En protocolo, ¿cuál es el lugar de honor respecto a la presidencia?
- La derecha: la autoridad de mayor rango se sitúa a la derecha de la persona que preside.
Normativa aplicable
- RD 2099/1983, de 4 de agosto, Ordenamiento General de Precedencias en el Estado
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada (funciones de vigilancia, a título de contexto)