Subalterno del Gobierno de Canarias · Parte práctica · Tema 10

Tema 10. La prevención de riesgos laborales en el ejercicio de las funciones propias del personal perteneciente a la Agrupación Profesional de Subalternos. La prevención de riesgos laborales en el manejo de cargas.

Riesgos y medidas preventivas propios de las funciones del personal subalterno y la manipulación manual de cargas conforme al RD 487/1997 y la Ley 31/1995 de PRL.

Esquema del tema

  1. 1Riesgos y medidas preventivas en las funciones del subalterno
  2. 2La manipulación manual de cargas (RD 487/1997)

Conceptos clave

Según la LPRL, ¿qué deberes tiene el propio trabajador?
Velar por su seguridad y la de terceros y usar correctamente los medios y equipos de trabajo, conforme a la formación y las instrucciones recibidas.
¿Cuál es el riesgo más característico en las funciones del subalterno?
Los sobreesfuerzos y trastornos dorsolumbares derivados de la manipulación manual de cargas.
Al usar una escalera de mano para archivar, ¿qué se debe evitar?
Usar sillas o taburetes inestables; hay que emplear escaleras en buen estado y mantener tres puntos de apoyo.
¿Qué real decreto regula la manipulación manual de cargas?
El RD 487/1997, de 14 de abril, sobre manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares.
¿Cuál es el peso máximo recomendado al manipular una carga en condiciones ideales?
25 kg para la población trabajadora general; se recomienda no superar 15 kg para proteger a la generalidad (mujeres, jóvenes, mayores).
¿Cómo se levanta correctamente una carga del suelo?
Doblando las rodillas (no la espalda), con la espalda recta, la carga pegada al cuerpo y usando la fuerza de las piernas, sin giros bruscos del tronco.
¿Qué debe hacer el empresario frente a la manipulación manual de cargas?
Evitarla siempre que sea posible (ayudas mecánicas, automatización) y, cuando no lo sea, adoptar medidas para reducir el riesgo (RD 487/1997).

Normativa aplicable

  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
  • RD 487/1997, de 14 de abril, sobre manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares