TREBEP

El régimen disciplinario en el TREBEP: faltas y sanciones

El régimen disciplinario (artículos 93 a 98 del TREBEP) define qué conductas son sancionables y con qué sanciones. Los principios de la potestad disciplinaria, la clasificación de faltas y las sanciones son contenidos muy preguntados.

Repasamos los conceptos esenciales y los aplicamos con 2 preguntas reales en formato de estudio: enunciado a la izquierda y explicación con la normativa aplicable a la derecha.

Conceptos clave

Principios (art. 94)
La potestad disciplinaria se ejerce conforme a los principios de legalidad y tipicidad, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y retroactividad de las favorables, proporcionalidad, culpabilidad y presunción de inocencia.
Clases de faltas (art. 95)
Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves. Las muy graves están tipificadas directamente en el TREBEP; las graves y leves se establecen por ley de las Cortes Generales o de las Comunidades Autónomas.
Sanciones (art. 96)
Por las faltas cometidas pueden imponerse: separación del servicio (solo por faltas muy graves), despido disciplinario del personal laboral, suspensión firme de funciones o de empleo y sueldo, traslado forzoso, demérito y apercibimiento, con los límites que fija la ley.
Prescripción (art. 97)
Salvo que la ley aplicable establezca otros plazos, las faltas muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones tienen sus propios plazos de prescripción.

Preguntas de examen en contexto

Preguntas reales del banco de opoTester, con la respuesta correcta, la explicación y la normativa aplicable — como en el modo práctica.

Pregunta 1

El TREBEP regula en su artículo 94 los principios del ejercicio de la potestad disciplinaria, ¿cuál de los siguientes no es uno de ellos?

  1. AEl principio de legalidad.
  2. El principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras favorables.✓ Correcta
  3. CEl principio de culpabilidad.
  4. DEl principio de presunción de inocencia.

Pregunta 2

De acuerdo con el artículo 96.1 del TREBEP, la sanción de separación del servicio de los funcionarios:

  1. APuede imponerse por la comisión de faltas graves o muy graves
  2. BEs la sanción ordinaria para las faltas leves reiteradas
  3. Solo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves✓ Correcta
  4. DSe impone sin necesidad de expediente disciplinario