TREBEP
El régimen disciplinario en el TREBEP: faltas y sanciones
El régimen disciplinario (artículos 93 a 98 del TREBEP) define qué conductas son sancionables y con qué sanciones. Los principios de la potestad disciplinaria, la clasificación de faltas y las sanciones son contenidos muy preguntados.
Repasamos los conceptos esenciales y los aplicamos con 2 preguntas reales en formato de estudio: enunciado a la izquierda y explicación con la normativa aplicable a la derecha.
Conceptos clave
- Principios (art. 94)
- La potestad disciplinaria se ejerce conforme a los principios de legalidad y tipicidad, irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y retroactividad de las favorables, proporcionalidad, culpabilidad y presunción de inocencia.
- Clases de faltas (art. 95)
- Las faltas disciplinarias pueden ser muy graves, graves y leves. Las muy graves están tipificadas directamente en el TREBEP; las graves y leves se establecen por ley de las Cortes Generales o de las Comunidades Autónomas.
- Sanciones (art. 96)
- Por las faltas cometidas pueden imponerse: separación del servicio (solo por faltas muy graves), despido disciplinario del personal laboral, suspensión firme de funciones o de empleo y sueldo, traslado forzoso, demérito y apercibimiento, con los límites que fija la ley.
- Prescripción (art. 97)
- Salvo que la ley aplicable establezca otros plazos, las faltas muy graves prescriben a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones tienen sus propios plazos de prescripción.
Preguntas de examen en contexto
Preguntas reales del banco de opoTester, con la respuesta correcta, la explicación y la normativa aplicable — como en el modo práctica.
Pregunta 1
El TREBEP regula en su artículo 94 los principios del ejercicio de la potestad disciplinaria, ¿cuál de los siguientes no es uno de ellos?
- AEl principio de legalidad.
- El principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras favorables.✓ Correcta
- CEl principio de culpabilidad.
- DEl principio de presunción de inocencia.
Pregunta 2
De acuerdo con el artículo 96.1 del TREBEP, la sanción de separación del servicio de los funcionarios:
- APuede imponerse por la comisión de faltas graves o muy graves
- BEs la sanción ordinaria para las faltas leves reiteradas
- Solo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves✓ Correcta
- DSe impone sin necesidad de expediente disciplinario