Ley 39/2015

Los interesados en el procedimiento administrativo (Ley 39/2015)

Los artículos 3 a 8 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), regulan quién puede intervenir en un procedimiento administrativo y con qué condición. Es uno de los temas más preguntados en las oposiciones, así que conviene tenerlo bien fijado.

En esta píldora repasamos los conceptos esenciales —capacidad de obrar, concepto de interesado, representación y pluralidad de interesados— y los aplicamos con 2 preguntas reales presentadas en el mismo formato de estudio que el modo práctica: enunciado a la izquierda y explicación con la normativa aplicable a la derecha.

Conceptos clave

Capacidad de obrar (art. 3)
Pueden actuar ante las Administraciones Públicas: las personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar conforme a las normas civiles; los menores de edad para los derechos e intereses cuya actuación les permita el ordenamiento sin asistencia (salvo menores incapacitados en lo que afecte a la incapacitación); y, cuando la ley lo declare expresamente, los grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Concepto de interesado (art. 4)
Se consideran interesados: quienes promuevan el procedimiento como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos; quienes, sin haberlo iniciado, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión; y aquellos cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados y se personen antes de que recaiga resolución definitiva.
Representación (art. 5)
Los interesados con capacidad de obrar pueden actuar por medio de representante. Para actos que impliquen renuncia de derechos, desistimiento, recursos o formular solicitudes hay que acreditar la representación. El apoderamiento «apud acta» se otorga por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la sede electrónica de la Administración.
Pluralidad de interesados (art. 7)
Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuran varios interesados, las actuaciones se efectúan con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado y, en su defecto, con el que figure en primer término.

Preguntas de examen en contexto

Preguntas reales del banco de opoTester, con la respuesta correcta, la explicación y la normativa aplicable — como en el modo práctica.

Pregunta 1

De entre las siguientes opciones, ¿quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, según lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

  1. ALas personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles.
  2. BLos menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate.
  3. CCuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
  4. Todas las respuestas son correctas.✓ Correcta

Pregunta 2

¿Quiénes NO tienen la condición de interesados en el procedimiento administrativo de conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015?

  1. AQuienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos personalísimos.
  2. Aquellos cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento una vez haya recaído resolución definitiva.✓ Correcta
  3. CQuienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos multitudinarios.
  4. DLos que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados.